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Como resultado de los estudios efectuados en el area de organizacion del Ministerio de Gobierno y Justicia, se observa la ausencia de un ente coordinador y supervisor en el area de la seguridad publica. Esta entidad deba fomentar la eficiencia y capacidad de repuesta interinstitucional en el combate al delito y a la seguridad de los residentes en el Istmo, ademas de establecer los lineamientos relativos a las autorizaciones, supervision, suspension, cancelacion y registro de las empresas de seguridad privada, empresas armeras y de explosivos en todo el pais.
Es por las razones anteriormente señaladas que el Ministerio de Gobierno y Justicia crea esta Direccion con base en los siguientes articulos:
ARTICULO PRIMERO: Crease la Direccion Institucional en Asuntos de Seguridad Publica.
ARTICULO SEGUNDO: El objetivo de la Direccion Institucional en Asuntos de Seguridad Publica es el de coordinar y supervisar cada una de las funciones, programas operativos y procedimientos que desarrollan los distintos servicios de seguridad publica en base a las polÃticas establecidas sobre la materia.
ARTICULO TERCERO: La Direccion Institucional en Asuntos de Seguridad Publica del Ministerio de Gobierno y Justicia tendra las funciones que a continuacion se detalla:
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Coordina y supervisa la reestructuracion de los distintos servicios de seguridad publica en base a las nuevas politicas sobre la materia.
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Planifica, dirige y coordina las actividades de los diferentes servicios de seguridad publica.
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Orienta a los funcionarios de la Fuerza Publica en la supeditacion de la policia al Organo Civil.
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Asesora al Ministro de Gobierno y Justicia en materia de seguridad publica.
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Participa en la elaboracion de proyectos de leyes organicas, decretos y reglamentos de cada servicio de la Fuerza Publica
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Participa en las reuniones de directorio de la Fuerza Publica y actua como enlace entre el Ministerio de Gobierno y Justicia y cada uno de los directores.
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Supervisa y fiscaliza en nombre del Ministro de Gobierno y Justicia cada una de las funciones de cada servicio de la Fuerza Publica, con el proposito de dar seguimiento a las politicas en materia de seguridad publica.
ARTICULO CUARTO: El presente Resuelto comenzara a regir a partir de su promulgacion.
Dado en la ciudad de Panama, a los 30 dias del mes de enero de 1992.
Los demas objetivos de la Subsecretaria son: Fomentar la eficiencia y capacidad de respuesta interinstitucional en el combate al delito; establecer los lineamientos relativos a las autorizaciones, supervision, suspension, cancelacion de las autorizaciones y registro de las empresas y servicio de seguridad privada en todo el pais.
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